DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 09151
2 de setiembre, 2013
DFOE-EC-0447
Licenciada
Ana Julia Araya Alfaro
Jefe de Área
Departamento de Comisiones
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Fax 2243-2446
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de
ley titulado “Adición de un Título octavo, Capítulo Único a la Ley N° 7502 Ley
del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de 13 de noviembre de 1986,
para la creación del Régimen de atención de soluciones de vivienda de interés
social en casos de emergencia”, expediente Nro. 18.799
Nos referimos a su oficio Nro. CPII-279-08, mediante el cual solicita el criterio de esta
Contraloría General, en relación con el proyecto de ley denominado “Adición de un Título octavo,
Capítulo Único a la Ley N° 7502 Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de 13 de
noviembre de 1986, para la creación del Régimen de atención de soluciones de vivienda de
interés social en casos de emergencia”, que se tramita bajo el expediente Nro. 18.799.
I. OBJETIVO DEL PROYECTO DE LEY
De acuerdo con la exposición de motivos, el presente proyecto de ley pretende autorizar
al Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, para que contenga un régimen de excepción en
los criterios de calificación de beneficiarios, con el propósito de que el Estado pueda apoyar a los
ciudadanos que hayan sido afectados por emergencia nacional declarada, catástrofe natural o
producidas por siniestro, caso fortuito o fuerza mayor, previo cumplimiento de las disposiciones de
la ley.
II. COMENTARIO PRELIMINAR
La adición del Título Octavo que pretende incorporarse a la Ley Nro. 7502, debe llevar una
secuencia nu ...
Fecha publicación: 09/09/2013
Fecha emisión: 02/09/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
] ...
Fecha publicación: 31/08/2013
Fecha emisión: 28/08/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
T: (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 08891
27 de agosto, 2013
DFOE-SOC-0689
Señora
Licenciada
Rosa María Vega Campos
JJEEFFAA DDEE ÁÁRREEAA
CCOOMMIISSIIÓÓNN PPEERRMMAANNEENNTTEE DDEE GGOOBBIIEERRNNOO YY AADDMMIINNIISSTTRRAACCIIÓÓNN
AASSAAMMBBLLEEAA LLEEGGIISSLLAATTIIVVAA
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa en relación con
el proyecto de ley N° 17.855 “Ley de creación del Sistema Nacional de
Información para la Superación de la Pobreza”.
Se atiende su oficio CG-720-2013 del 31 de julio de 2013, mediante el cual solicita
el criterio de este órgano contralor en relación con el texto dictaminado del proyecto de ley
denominado “Ley de creación del Sistema Nacional de Información para la Superación de
la Pobreza”, que se tramita con el expediente N° 17.855. La presente consulta se atiende
en el plazo ampliado de ocho días hábiles otorgado mediante su oficio CG-763-2013 del
12 de agosto de 2013.
1. Antecedentes del tema
Como se mencionó en el oficio N° 00623 (DFOE-SOC-0051) del 27 de enero de
2011, referido al texto original de este proyecto de ley, la Contraloría General de la
República ha estudiado el tema del sistema de información único de población objetivo y
beneficiarios de los programas sociales selectivos en diferentes informes de fiscalización,
siendo el último el N° DFOE-SOC-12-2011 del 18 de noviembre de 2011.
En virtud de que el Ministro de Bienestar Social y Familia y la Directora de la
Dirección de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (DESAF) del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, han estado trabajando para atender las disposiciones del
citado informe, se insta a esa Asamblea Legislativa a c ...
Fecha publicación: 30/08/2013
Fecha emisión: 27/08/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 8810
27 de agosto, 2013
DFOE-PG- 270
Licenciada
Silma Elisa Bolaños Cerdas
Jefa de Área
Comisión Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de
ley Nº 18.773, "APROBACION DEL CONTRATO DE PRESTAMO Nº 2852/OC-CR,
SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE
INNOVACIÓN Y CAPITAL HUMANO PARA LA COMPETITIVIDAD".
En atención a su oficio CPECTE-134-2013, mediante el cual se solicita el criterio de este
Órgano Contralor en relación con el proyecto de ley ““APROBACIÓN DEL CONTRATO DE
PRÉSTAMO N.° 2852/OC-CR SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO PARA FINANCIAR EL PROGRAMA DE
INNOVACIÓN Y CAPITAL HUMANO PARA LA COMPETITIVIDAD”, se exponen las siguientes
consideraciones, con el propósito de que se hagan del conocimiento de la Comisión
Permanente Especial de Ciencia, Tecnología y Educación.
El proyecto de ley Nro. 18.773, tiene como objetivo general, de conformidad con el
artículo 2 “(…) contribuir al crecimiento de la productividad mediante el apoyo a las actividades
de innovación del sector productivo y la formación de capital humano avanzado en áreas
estratégicas definidas en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación del Gobierno de
Costa Rica.”.
Según el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (PNCTI) 2011-2014 del
Ministerio de Ciencia y Tecnología; existe una fragmentación del Sistema Nacional de
Innovación en el país, que ha motivado una menor inversión en el Sec ...
Fecha publicación: 30/08/2013
Fecha emisión: 06/08/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS AMBIENTALES Y DE ENERGÍA
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 08663
21 de agosto, 2013
DFOE-AE-0433
Señora
Hannia M. Durán
Jefa de Área
Comisión Permanente Especial de Ambiente
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Observaciones al texto sustitutivo del Proyecto de Ley de
Asociaciones Administradoras de Acueductos Comunales,
expediente nro. 17.914
Se atiende el oficio nro. AMB-169-2013 mediante el cual solicita a esta
Contraloría General que emita criterio sobre el texto sustitutivo del proyecto
denominado Ley de Asociaciones Administradoras de Acueductos Comunales, según
expediente nro. 17.914. Al respecto, se señalan las siguientes observaciones:
1.- El proyecto otorga rango legal a las ASADAS sin un estudio que lo justifique,
y crea regímenes diferenciados
Esta Contraloría General indicó en el oficio nro. 04626 (DFOE-AE-0145) del 25
de mayo de 2011, mediante el cual se emitió el criterio sobre el texto base de este
proyecto de ley, que se pretende elevar a rango legal la figura de las asociaciones
administradoras de acueductos comunales, actualmente denominadas asociaciones
administradoras de sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario (ASADAS), sin
que exista un diagnóstico y análisis que justifique o fundamente la conveniencia y
certeza de que la figura de organización propuesta sea la más conveniente para las
comunidades, en razón del interés público de sus funciones.
Además, en el citado oficio se comentó acerca de crear regímenes
diferenciados con respecto a los acueductos municipales administrados por los
Gobiernos Locales, al establecer una normativa especial que las distingue, lo que
fomenta la diversidad de regulaciones para un mismo servicio públi ...
Fecha publicación: 29/08/2013
Fecha emisión: 21/08/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SERV. AMBIENTALES Y ENERGIA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 08447
11 de setiembre, 2013
DFOE-SAF-0298
Licenciada
Ana Lorena Cordero Barboza
Jefe de Área
Comisión de Asuntos Sociales
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Criterio sobre el proyecto de ley denominado: “Creación del Consejo
Económico y Social de Costa Rica”, expediente N° 18.663.
1. Exposición de motivos.
Nos referimos a su oficio CPAS- 3177, por el cual se consulta el criterio de esta
Contraloría sobre el proyecto de ley denominado: “Creación del Consejo Económico y
Social de Costa Rica” expediente N° 18.663.
En la exposición de motivos se explica que el proyecto pretende crear un órgano
denominado Consejo Económico y Social de Costa Rica, el cual constituirá el marco
jurídico tendiente a instaurar, de manera permanente, un foro de diálogo y concertación
social, que tendrá el rango de asesor de los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como de
las instituciones autónomas.
Este Consejo Económico Social, se conceptualiza en su artículo primero, como
“una institución permanente de diálogo, concertación social y de asesoría, en el ámbito de
su competencia, entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, así como las instituciones
autónomas del Estado. El CES es un ente público no estatal, con personería jurídica
propia, de máxima desconcentración, que goza de autonomía administrativa, funcional y
plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.”
Según el proyecto, los antecedentes de esta iniciativa se remontan al año 2000,
cuando un grupo de organizaciones sociales costarricenses, de amplia representatividad,
iniciaron un amplio proceso de diálogo para colaborar con una estrategia ...
Fecha publicación: 04/08/2013
Fecha emisión: 01/08/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
] ...
Fecha publicación: 04/08/2013
Fecha emisión: 01/08/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Confidencialidad de la Identidad del Denunciante , Denuncias
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 07809
30 de julio, 2013
DFOE-SAF-0282
Diputada
Siany Villalobos Argüello
Presidenta
Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Criterio sobre el Proyecto “Ley para el Fortalecimiento de la Inclusión
Financiera”.
Me refiero a consulta formulada por esa Comisión, en relación con el criterio de
esta Contraloría sobre el Proyecto “Ley para el Fortalecimiento de la Inclusión Financiera””,
Expediente N° 18.728, en su versión publicada en La Gaceta 117 del 19 de junio de 2013,
Alcance 112.
El citado proyecto introduce modificaciones al artículo 59 de la Ley de Impuesto
sobre la Renta, No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, en relación con el
Impuesto sobre Remesas al Exterior. En este sentido, grava con 15% los intereses,
comisiones y otros gastos financieros pagados por empresas domiciliadas en el país a
entidades del exterior, incluidos los pagos efectuados por tales conceptos a proveedores
del exterior por la importación de mercancías. También pagarán una tarifa del quince por
ciento (15%) los arrendamientos de bienes de capital y por los intereses sobre préstamos,
pagados a instituciones del exterior por empresas domiciliadas en el país.
En el caso de los intereses y comisiones que acrediten entidades sujetas a la
regulación de la Superintendencia General de Entidades Financieras, “así como los
intereses y comisiones que paguen o acrediten personas costarricenses a bancos
domiciliados en el exterior que forman parte de un grupo o conglomerado financiero sujeto
a la supervisión de la Superintendencia General de Entidades Financieras, se pagará una
tarifa ...
Fecha publicación: 02/08/2013
Fecha emisión: 30/07/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA REPÚBLICA
T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio Nro. 07810
30 de julio, 2013
DFOE-SAF-0283
Diputada
Siany Villalobos Argüello
Presidenta
Comisión Permanente de Asuntos Hacendarios
ASAMBLEA LEGISLATIVA
Estimada señora:
Asunto: Criterio sobre el Proyecto “Ley de Control de la Evasión Fiscal”.
Me refiero a consulta formulada por esa Comisión, en relación con el criterio de
esta Contraloría sobre el Proyecto “Ley de Control de la Evasión Fiscal”, Expediente N°
18.679, en su versión publicada en el Alcance 107 a la Gaceta 112 del 12 de junio de
2013.
El citado proyecto introduce modificaciones al inciso d) del artículo 8 de la Ley de
Impuesto sobre la Renta, No. 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, y agrega un
artículo 8 bis a esa norma, con el propósito de regular las condiciones para la deducción de
intereses y gastos financieros, las limitaciones cuantitativas a esa deducción y sus
excepciones. Asimismo, agrega un capítulo V a la citada ley, con normativa para el
tratamiento tributario de “la fijación de precios entre empresas vinculadas, denominados
precios de transferencia”. Finalmente introduce reformas al artículo 59, en cuanto a las
tarifas que gravan remesas al exterior.
Menciona que en el ámbito internacional, existe una tendencia de adoptar normas
específicas que regulen los precios de transferencia, en cuanto a sus principios básicos,
metodología y procedimientos, con el objeto de mejorar la recaudación y lograr mayor
justicia tributaria. Agrega que la Dirección General de Tributación ha realizado
determinaciones de oficio en el tema de precios de transferencia, de conformidad con la
Directriz Interpretativa N.º 20-03 denominada “Tratamiento Fi ...
Fecha publicación: 02/08/2013
Fecha emisión: 30/07/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: AREA FISC. SIST. ADM. FINAN. DE LA REP.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
] ...
Fecha publicación: 01/08/2013
Fecha emisión: 29/07/2013
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
Tesauro: Sujetos Privados custodios de fondos públicos, Fiscalizacion de Sujetos de Derecho Publico , Sistema de Control Interno